Ir al contenido principal

Entradas

Mostrando entradas de 2014

La opinión de los hijos y su derecho de ser oídos.

Muchas veces me han preguntado, ¿y mi hijo a qué edad puede decidir con quién quiere vivir o cuanto tiempo quiere pasar conmigo? Lo cierto es que los hijos, mientras sean menores de edad, no deben  decidir e inclinar la balanza. Poner en ellos esa responsabilidad es  delegar  la obligación que tienen los padres de ser precisamente PADRES y conducir la vida de los hijos anteponiendo sus intereses por sobre los conflictos que puedan existir luego del término de la relación entre los adultos. De otra manera se puede dar una situación que los psicólogos llaman " Parentalización " que consiste en que los hijos asumen el papel de padres, invirtiendo roles, siendo protectores y aliados y asumiendo responsabilidades que aún no les corresponde. La legislación sí contempla el derecho del niño a ser oído y a que su opinión sea tomada en cuenta por el Juez de Familia cuando los padres se encuentren en medio de un juicio, por ejemplo de tuición, medida de protección, divorci...

Qué es la Violencia Intrafamiliar

El 7 de octubre de 2005 se publicó la Ley Nº 20.066, Ley de Violencia Intrafamiliar. El artículo 1º de la Ley de Violencia Intrafamiliar señala el objetivo " prevenir, sancionar y erradicar la violencia intrafamiliar y otorgar protección a las víctimas de la misma". Es todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o psíquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del ofensor o una relación de convivencia con él; o sea pariente por consanguinidad o por afinidad ("pariente político") en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer grado inclusive (abuelos, nietos, hermanos, sobrinos), del ofensor o de su cónyuge o de su actual conviviente. También habrá violencia intrafamiliar cuando la agresión ocurra entre los padres de un hijo común, o sobre persona menor de edad, adulto mayor o discapacitada que se encuentre bajo el cuidado o dependencia...

La tuición compartida

Con la reforma de la ley N° 20.680 encontramos la figura del cuidado personal compartido. En principio y mientras los padres vivan juntos les toca ejercer a ambos y de manera conjunta el cuidado personal de sus hijos. Éste se basará en el principio de corresponsabilidad, en virtud del cual ambos padres participarán en forma activa, equitativa y permanente en la crianza y educación de sus hijos. El Art. 225 del Codigo Civil define la tuición compartida. Si los padres viven separados podrán determinar de común acuerdo que el cuidado personal de los hijos corresponda al padre, a la madre o a ambos en forma compartida. La custodia compartida es un acuerdo que debe constar por escritura pública o acta extendida ante cualquier oficial del Registro Civil y deberá ser subinscrito al margen de la inscripción de nacimiento del hijo dentro de los treinta días subsiguientes a su otorgamiento. Este acuerdo establecerá la modal...

Cuanto dinero se debe pagar por la pensión de alimentos

A la hora de fijar la cantidad de dinero que el padre o madre (llamado el alimentante) que no vive con el hijo debe dar como pensión de alimentos la ley chilena sólo establece márgenes entre los que debemos movernos. Para el caso de que el padre sólo tenga un hijo la ley de alimentos dispone que el mínimo legal que se debe dar por pensión es el equivalente al 40% del sueldo mínimo, es decir $90.000. El sueldo mínimo chileno es de $225.000 pesos y se reajusta anualmente cada mes de Julio. Si el alimentante, el padre, tiene más de un hijo, con la misma madre o de diferentes, entonces el mínimo legal baja al equivalente al 30% del sueldo mínimo que actualmente asciende a $67.000 pesos por hijo. Así si son dos será el 60%, $135.000; si son 3 hijos entonces el equivalente al 90% $202.500 y así sucesivamente. Estos montos son los mínimos que establece la ley, no es un monto objetivo para todas las situaciones familiares. La cantidad va a depender en definitiva del nivel de gastos ...

Qué es la pensión de alimentos y cómo se paga

La pensión de alimentos es una cantidad de dinero , que debe pagar el padre o la madre que no vive con el hijo, que debe ser usado prudentemente para asumir los gastos de crianza y educación del niño y que le permita subsistir modestamente, señala el Código Civil, conforme a su posición social. La pensión se debe a todo evento hasta los 21 años y hasta los 28 para el caso de que sigan estudiando o haya un manifiesto estado de necesidad. La pensión de alimentos se paga en dinero   por mesadas anticipadas , dentro de los diez primeros días de cada mes salvo acuerdo de los padres para una fecha distinta mediante depósito en una cuenta a la vista que se debe solicitar al Juez de Familia que se ordene abrir y que es exclusiva para el depósito de la pensión alimenticia. Es el medio de prueba más adecuado para acreditar el cumplimiento o incumplimiento de la obligación. También en casos calificados o por acuerdo de los padres, el Juez de Familia puede autorizar parte del pa...

Hasta qué edad se debe pagar la pensión de alimentos a los hijos

La ley chilena establece algunos límites de edad a la hora de determinar hasta cuando se debe pagar pensión de alimentos para los hijos. Pese a que la mayoría de edad en Chile es a los 18 años, el  limite legal es hasta los 21 años . A todo evento.  Si estudian, o no hacen nada, o bien si los hijos trabajan. El juez atenderá para determinar la cantidad de dinero a pagar por pensión de alimentos, a las circunstancias económicas del alimentante (quien la paga) y del alimentario. Las capacidades económicas y necesidades de ambos. Después de los 21 años se deberá seguir pagando pensión de alimentos mientras estén estudiando o se encuentren en estado de necesidad, el que calificará el juez, hasta los 28 años. A partir de los 28 años ya no debería pagarse pensión de alimentos, a menos que exista un estado de necesidad calificado , es decir, que el hijo sea incapaz de valerse por sí mismo, como por ejemplo una discapacidad física o mental grave. El ...

Plazos para demandar el divorcio en Chile.

Debemos distinguir según la causal que se invoque. Para presentar demanda de divorcio unilateral necesitamos 3 años de separados de hecho. El divorcio de mutuo acuerdo exige 1 año de separados de hecho. El divorcio culpable no necesita de tiempo de separación previa. Para los matrimonios contraídos  antes del 17 de noviembre de 2004 el tiempo de separación comienza a contarse desde que efectivamente dejan de vivir juntos, sea porque uno de los cónyuges salió del hogar común, o bien porque viven bajo el mismo techo pero ya no existe el afecto marital, la intención de mantener la vida en común entre marido y mujer. Para los matrimonios celebrados a partir del 17 de noviembre de 2004 , el plazo de separación oficialmente comienza a contarse desde que ocurra cualquiera de los siguientes situaciones: Ambos cónyuges firman el acta de cese de convivencia ante el oficial del Registro Civil, es un documento donde dejan consta...

Una vez divorciado, ¿cuánto tiempo debo esperar para volver a casarme?

Para el caso de las mujeres que deseen volver a contraer matrimonio después de divorciarse el artículo 128 del Código Civil establece el plazo de 270 días de espera a partir de la declaración del divorcio. Si la mujer está embarazada, no puede casarse nuevamente sino hasta que el hijo nace. Esto porque existe una presunción de paternidad que recae sobre el ex marido y este nuevo bebé. Si la mujer no está embarazada o si estándolo, se prueba que al anterior marido “ le fue absolutamente imposible el acceso a la mujer ” (dice el Código Civil) en el periodo anterior entonces a través de un proceso muy breve a través de su abogado, la mujer deberá solicitar al Juez de Familia de su domicilio que se deje sin efecto este plazo de espera demostrando con un certificado médico la circunstancia de no encontrarse embarazada o bien probando que está embarazada, pero el padre biológico del niño que espera no es de su ex marido. De esa manera el plazo queda sin efecto y podrá contraer matrimon...

¿Cuáles son los efectos de la declaración del divorcio entre los cónyuges?

El divorcio producirá efectos entre los cónyuges desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, es decir desde que transcurran diez días hábiles a partir de la fecha en que sean notificados de la sentencia . la sentencia  definitiva  es apelable.  La declaración del divorcio debe subinscribirse al margen de la partida de matrimonio, llevando una copia autorizada de la sentencia al Registro Civil, esto para efectos de que el estado civil de divorciado se pueda hacer valer frente a terceros exhibiendo el certificado de matrimonio que tendrá la anotación del divorcio. Una vez declarado el divorcio el nuevo estado civil es de “divorciado”, no se vuelve al estado de soltero. Los cónyuges quedan entonces habilitados para contraer matrimonio nuevamente. El divorcio pone fin a las obligaciones y derechos de carácter patrimonial que nacen con el matrimonio, como los derechos sucesorios recíprocos, es decir ya no se heredarán entre sí y termina además el derec...

COMPENSACIÓN ECONÓMICA o la Indemnización con ocasión del Divorcio.

Si como consecuencia de haberse dedicado al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar común, uno de los cónyuges no pudo desarrollar una actividad remunerada o lucrativa durante el matrim onio, o lo hizo en menor medida de lo que podía y quería, tendrá derecho a que, cuando se produzca el divorcio o se declare la nulidad del matrimonio, se le compense el menoscabo económico.  Lo puede demandar tanto el marido como la mujer o bien acordarse en un divorcio de mutuo acuerdo. La indemnización por daño moral no tiene cabida dentro de un proceso por divorcio. Para determinar la existencia del menoscabo económico y la cuantía de la compensación, se considerará: 1.- La duración del matrimonio y de la vida en común de los cónyuges;  2.- La situación patrimonial de ambos; quien tiene mejor situación económica 3.- La buena o mala fe; es decir quien cumplió honestamente las obligaciones del matrimonio y quien dio lugar a la separación. 4.- La edad y el...

Documentos necesarios para la tramitación del Divorcio

Documentos y antecedentes que debe reunir: 1.- Certificado de  Matrimonio o partida de Matrimonio .  Se solicita en el Registro Civil. La libreta de matrimonio no sirve para estos fines.   2.-  Certificado de  Nacimiento de los hijos matrimoniales. Cuando tenga la primera entrevista con el abogado que tramitará el caso lleve por lo menos los documentos del número 1 y 2 y el profesional evaluará si es necesario presentar el resto de la documentación que a continuación se señala. 3.-  Si se va a tramitar un  Divorcio Unilateral y  existen hijos del matrimonio menores de edad deberá solicitar en el centro de Mediación Familiar de su comuna el  Acta de Mediación Frustrada  por materias de alimentos, cuidado personal y relación directa y regular . En otro post me referiré a la mediación familiar 4.- Certificado de Nacimiento de los hijos no matrimoniales nacidos luego de la separación de ...

El Divorcio Culpable. Causales y tramitación.

DIVORCIO CULPABLE Algunas consideraciones previas: Antes de plantearse el término del matrimonio a través de esta causal, piénselo bien. Este tipo de procedimiento es exhaustivo económica y emocionalmente. Litigar tiene su costo ya que la prueba incluirá documentos, testigos, peritajes psicológicos, toxicológicos, psiquiátricos, entre otros para acreditar la existencia de estas causales.  La Justicia se concede en la medida que pruebo, no que sé que las cosas sucedieron. En caso de que usted no posea los medios para costear este tipo de peritajes puede acogerse al sistema de gratuidad de la asistencia pública tramitando la causa en la Corporación de Asistencia Judicial. Por otro lado no es agradable revivir frente al juez, peritos, abogados y consejeros técnicos sus experiencias previas a la ruptura matrimonial. Sus hijos menores de edad, (generalmente se evalúa a partir de los 6 años hasta los 17) probablemente serán evaluados...

Divorcio Unilateral. Si mi cónyuge no quiere divorciarse y yo sí, ¿puedo terminar con el matrimonio?

Si usted tiene tres años de separado de hecho no necesita del consentimiento de su cónyuge para obtener el divorcio.  El divorcio se obtiene a través de una sentencia definitiva dictada en un juicio de divorcio ante el Juez de Familia del domicilio del demandado.  Pero, como toda regla general tiene una excepción. Si usted está obligado a pagar pensión alimenticia y no está al día con los montos, su cónyuge tendrá derecho de pedirle al juez que no le conceda el divorcio mientras usted no pague toda la deuda o suscriban un convenio de pago, así es que si piensa divorciarse saque cuentas primero. Para el caso de los matrimonios contraídos bajo la nueva ley de matrimonio civil, es decir, a partir del 17 de noviembre de 2004, este plazo de tres años se contará a partir de la celebración de ciertos actos, que explicaré en un siguiente post. Para los que se casaron antes de esa fecha el plazo se cuenta desde el día en que efectivamente dejaron de vi...

Divorcio de Mutuo Acuerdo

¿Quienes pueden solicitar el divorcio de mutuo acuerdo? El divorcio lo otorga el Juez de Familia a través de una Sentencia Definitiva que así lo declare y l a solicitud de divorcio de mutuo acuerdo la presentan ambos cónyuges ante el Juzgado de Familia del domicilio de la ciudad en donde viva cualquiera de ellos.  Si son de ciudades distintas y uno de los cónyuges no puede viajar a firmar la solicitud de divorcio, puede otorgar un mandato judicial, por escritura publica, en donde nombra a un abogado de su confianza su representante judicial para estos efectos. debe contener unas cláusulas especiales de comparecencia. Requisitos: 1.- Tener más de más de 1 año de separados de hecho. La separación de hecho se entiende como el término de la convivencia, del proyecto de vida en común. En la mayoría de los casos habrá domicilios distintos, pero bien puede darse la situación en que termina la convivencia de la pareja pero ésta mantiene la comunidad de techo. "Juntos, pero...

de los Apeninos a Los Andes, versión de un niño pobre y a la chilena.

Esta historia no tiene final feliz, es cierta y los invito con su lectura a reflexionar en el lugar en el que la vida los ha puesto. Espero no molestar a nadie al compartirles estas líneas, no doy nombres ni lugares concretos y creo que no estoy faltando a mi ética profesional al contarles en términos generales lo que sucedió. Hace dos años Marco, de once (vamos a decir que es Marco) se escapó desde una ciudad de muy, pero muy lejos al sur de Chile porque su mamá lo maltrataba. como el protagonista de unos de los cuentos de "Corazón" de Edmundo de Amicis, llegó hasta el norte chico buscando a su papá a quien no veía hacía años,  con la esperanza de poder integrarse a su grupo familiar. Finalmente después de mucho viajar y exponerse al hambre, frío, maleantes y todo aquello que te encuentras viajando solo por el país llegó hasta un campamento, en donde la gente vive sin luz, cocina con leña y el baño está debajo de cualquier piedra. Ahí se encontró a su papá, a un medio h...